CONSULTA PAGO DE REMANENTES BANESTADO EN LIQUIDACIÓN





INSTRUCCIONES PARA EL PAGO DE LOS BONOS OBLIGATORIAMENTE CONVERTIBLES EN ACCIONES (BOCEAS) A LOS ACCIONISTAS DEL EXTINTO BANCO DEL ESTADO EN LIQUIDACIÓN, EMITIDOS POR EL BANCO UCONAL S.A.

El 1 de agosto de 2008, el Fondo suscribió un contrato de mandato con el Banco del Estado en Liquidación, cuyo objeto es efectuar en nombre y representación del Banco, y bajo las mismas condiciones económicas en que éste lo haría, el pago de los remanentes que corresponda a cada uno de los accionistas relacionados en la base de datos "Accionistas Banestado – Pago de remanentes", entregada a Fogafín.

En razón de lo anterior, el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras informa a los accionistas que tengan derecho a recibir el pago de remanentes, que deben cumplir los siguientes requisitos y llevar a cabo los siguientes pasos:

1. Haber sido reconocido como acreedor de la entidad en liquidación forzosa administrativa.

2. Para personas jurídicas, estar registrado en Cámara de Comercio como persona jurídica y estar inscrito en el Registro Único Tributario - RUT.

3. Presentar fotocopia legible del documento de identidad del beneficiario o de la persona que se autoriza a recibir el pago, si este fuera el caso.

Para las personas jurídicas titulares de remanentes, se deberá aportar el original del certificado de existencia y representación legal con una fecha de expedición inferior a 30 días calendario y la fotocopia legible del documento de identidad del Gerente o Representante legal.

4. Presentar certificación bancaria, expedida con un término no superior a 30 días, por la entidad bancaria en la que se encuentre radicada la cuenta del beneficiario de pago especificando su número, titular y tipo de cuenta.

Es indispensable que la cuenta se encuentre registrada a nombre del beneficiario.

5. Presentar el original del bono Obligatoriamente Convertible en Acciones – BOCEA. Teniendo en cuenta que para tramitar el pago se deberá adjuntar el original del respectivo título (BOCEA), es importante que las personas que no reclamaron oportunamente su Bono en Banestado en Liquidación, verifiquen si el título se encuentra en poder de Fogafín.

Esta verificación se realiza mediante el ingreso del número de su cédula o NIT en el campo señalado para este fin, el cual puede encontrar a final de la presente página.

El reporte que muestra esta consulta le indicará en la casilla "Entregado" la palabra "Sí" cuando el título se encuentre en poder de Fogafín, ya que el BOCEA no fue reclamado por su titular ante Banestado; y aparecerá la palabra "No" cuando el título no se encuentra en poder de Fogafín, ya que según Banestado, el BOCEA ya le fue entregado a su titular.

No obstante, si usted no tiene en su poder el título, y tampoco lo tiene Fogafín, usted deberá remitir la siguiente información para tramitar su pago:

i) Copia del denuncio de pérdida del título, en donde se identifique nombre del titular, número del BOCEA y valor facial del mismo, y

ii) Declaración extrajuicio en la cual el titular manifieste que el BOCEA se ha extraviado haciéndose responsable de los derechos económicos que se reciban derivados del BOCEA convertido en acciones, frente a terceras personas de igual o mejor derecho.

6. Diligenciar e imprimir el Formato único para el pago de acreencias de entidades liquidadas, el cual puede descargar en el siguiente link: https://www.fogafin.gov.co/Apps/SCP/Formulario_Reclamacion.pdf.

Este documento deberá presentarse diligenciado en su integridad, firmado por el accionista o persona autorizada y con diligencia de reconocimiento de contenido y firma ante Notario o Juez. No se admitirán documentos con tachaduras o enmendaduras.

Todas las personas jurídicas deberán presentar el Formato único para el pago de acreencias de entidades liquidadas sin importar la cuantía de su pago con diligencia reconocimiento de contenido y firma ante Notario.

Tratándose de personas naturales, tal diligencia sólo deberá efectuarse si el valor

del pago a recibir es superior a $500.000.

Para diligenciar correctamente el formulario Formato único para el pago de acreencias de entidades liquidadas, es necesario que cada persona consulte previamente el valor del remanente a recibir.

Esta consulta se realiza ingresando el número de cédula o NIT en el campo diseñado para este fin, el cual puede encontrar al final de la presente página.

7. Diligenciar en línea el Formato de inscripción a terceros, para el cual puede diligenciar la información del formulario en línea de inscripción de terceros haciendo clic en el siguiente link: https://www.fogafin.gov.co/Apps/InscripcionTerceros/ o lo puede descargar a través del siguiente link: https://www.fogafin.gov.co/Apps/InscripcionTerceros/

En el caso de que el acreedor sea menor de edad se deben presentar los siguientes documentos:

· Registro civil de nacimiento: 1 Original(es).

· Autorización: 1 Original(es) - Con reconocimiento de contenido y firma dada por uno de los padres al otro, para recibir los derechos económicos correspondientes al menor, este requisito no se exigirá en caso de que uno de los padres haya fallecido.

· Providencia de designación de curador: 1 Original(es) - En caso de ser imposible obtener la autorización de uno de los padres.

En caso de fallecimiento del beneficiario se deben presentar los siguientes documentos:

· Escritura pública de protocolización de la sucesión contentiva del trabajo de partición y adjudicación de bienes: 1 Original(es) - o la correspondiente hijuela en la que se adjudiquen los derechos reconocidos y cuyo pago ordenó la liquidación.

En caso de fallecimiento del beneficiario y el proceso de sucesión se encuentre en trámite se deben presentar los siguientes documentos:

· Auto de apertura de la sucesión cuando se trate de sucesión en juzgado o la aceptación de ésta por parte del notario: 1 Copia(s) - cada una con el certificado de personas que son únicos herederos.

· Providencia mediante la cual el juez o notario, indique la persona con facultad para recibir el pago por concepto del pago del Pasivo Cierto No Reclamado: 1 Copia(s).

En caso de ser pago por cesión de créditos se deben presentar los siguientes documentos:

· Documento de cesión de derechos: 1 Original(es) - con el trámite de reconocimiento de contenido y firma ante notario público.

8. Radicar la documentación anterior en las oficinas del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (Fogafín) en la Carrera 7 No. 35-40 en Bogotá D.C.

Cualquier inquietud o información adicional al respecto, podrá comunicarse a la línea gratuita No. 018000912249 o al teléfono 3394240 opción 3 atención al ciudadano de la ciudad de Bogotá.

NOTA: Le informamos que, para efectos de obtener el pago correspondiente, es necesario que los documentos antes indicados, se remitan al Fondo completos, debidamente diligenciados y en las condiciones indicadas en el presente documento. En el evento en que el solicitante no aporte los documentos conforme a las condiciones previstas, el Fondo le informará mediante correo electrónico, comunicación o cualquier otro medio idóneo, cuáles de ellos requieren ser corregidos y/o aportados.

Consulte el pago correspondiente a través de esta página WEB, ingresando el número de su documento de identificación en este campo:

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